La aseguradora mantiene indemne al profesional por cuanto este se deba a un tercero en razón de la responsabilidad civil derivada del ejercicio profesional, protegiendo su patrimonio frente a un reclamo efectuado por el paciente y/o terceros.
La cobertura comienza a partir de la contratación del seguro, mientras se encuentre en vigencia el contrato, estará protegido de todos los reclamos que surjan desde el inicio de la póliza (fecha retroactiva).